“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”

Gerencia de Desarrollo Económico, TURISMO Y TRANSPORTE

La Gerencia de Desarrollo Económico, Turismo y Transporte es el órgano de línea responsable de dirigir, planificar, organizar, supervisar y evaluar el desarrollo económico, turismo local, comercialización, transito, transporte y la gestión de riesgos; asimismo, depende de la Gerencia Municipal.

FUNCIONES:

  1. Formular y proponer normas para promover el desarrollo empresarial, comercial de productos y servicios, la y el turismo local, en concordancia con las normas nacionales sobre la materia.
  2. Gestionar el servicio de transporte urbano de personas y vehículos en la provincia.
  3.  Gestionar los procesos de defensa civil en coordinación con las instancias correspondientes y de acuerdo con la normativa vigente.
  4.  Conducir y supervisar la implementación de normas, planes y procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y loslineamientos del ente rector.
  5. Promover acciones de apoyo a las compañías de bomberos, beneficencias, Cruz Roja y demás instituciones de servicio a la comunidad.
  6. Supervisar el otorgamiento de las autorizaciones y concesiones para la prestación del servicio de transporte de pasajeros y el transporte de carga e identificar las vías y rutas establecidas para tal objeto.
  7. Formular, proponer y ejecutar políticas de prevención de accidentes de tránsito, educación y seguridad vial; en el marco de la normatividad vigente y realizar el seguimiento del cumplimiento de los mismos.
  8. Coordinar la supervisión y control del servicio de transporte público, transporte de carga, vehículos menores y otros, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.
  9. Coordinar las acciones de control a los vehículos que prestan el servicio público de transporte de pasajeros en la provincia de Concepción a fin de que reúnan los requisitos mínimos necesarios de transitabilidad y seguridad
    vehicular.
  10. Coordinar la optimización del sistema de gestión y control del tránsito en toda la jurisdicción de la provincia, asimismo, integrar a los sistemas semafóricos en coordinación con las municipalidades distritales.
  11. Coordinar la regulación y organización de los vehículos menores en todos los procesos concernientes a habilitación, licencias, paraderos y permisos respectivos.
  12. Coordinar el mantenimiento y estado de conservación de la señalización vertical y horizontal de las vías de circulación vehicular y peatonal, velando por su adecuado y óptimo uso.
  13. Autorizar el estacionamiento vehicular en las vías de competencia en la provincia de Concepción, asimismo, evaluar e identificar las áreas de parque vehicular.
  14. Participar en la elaboración y/o actualización Plan Vial Provincial Participativo y de las secciones viales normativas correspondientes con los organismos públicos según su competencia, en coordinación con las unidades de organización correspondientes.
  15. Conducir la fase sancionadora del procedimiento sancionador iniciado por la comisión de infracciones a la normativa en materia de tránsito, transporte, transporte especial de personas, carga en vehículos menores, licencias de funcionamiento, comercios, seguridad en edificaciones u otras de su competencia, así como dictar las medidas que la ley prescribe para garantizar la eficacia de las mismas y la ejecución de las sanciones impuestas.
  16.  Fomentar la inversión privada a fin de promover el desarrollo y economía de la provincia.
  17. Conducir y supervisar las actividades vinculadas con el desarrollo económico, empresarial, productivo y comercial.
  18. Proponer normas, políticas y estrategias para el desarrollo económico local, la formalización y regulación de las actividades comerciales, industriales, de turismo y servicios.
  19. Gestionar los procesos de desarrollo económico local en función de las potencialidades y necesidades de la actividad empresarial local, asegurándose de articular las zonas rurales con las urbanas y comunidades campesinas, de corresponder.
  20. Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales.
  21. Supervisar la ejecución de los programas y proyectos para el desarrollo económico local con instituciones públicas y privadas de la jurisdicción.
  22. Supervisar la elaboración del Inventario Turístico de la provincia de Concepción.
  23. Promover proyectos y actividades que fomenten el turismo de la provincia en coordinación con el Gobierno Regional, Nacional e instancias correspondientes.
  24. Promover el trabajo artesanal y la implementación de ferias artesanales y espectáculos folclóricos.
  25. Dirigir y supervisar el control del cumplimiento de las normas del comercio ambulatorio, la higiene y ordenamiento del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, a nivel del
    distrito capital.
  26. Promover la construcción, equipamiento y mantenimiento de camales, mercados de abastos, centros turísticos y locales similares, para apoyar a los productores y pequeños empresarios locales, supervisando su funcionamiento.
  27.  Fomentar la inversión privada y coordinar la ejecución de programas y proyectos para el desarrollo económico, productivo y turístico de la provincia.
  28. Promover y fortalecer la realización de ferias para la promoción de productos locales y turismo en coordinación con las municipalidades distritales.
  29. Administrar los registros de las empresas y comerciantes que operan en su jurisdicción, informando periódicamente de los mismos a la Gerencia de Administración Tributaria y a las entidades correspondientes.
  30. Supervisar el otorgamiento de licencias para la apertura y funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y profesionales, de acuerdo con la normativa vigente.
  31. Coordinar la supervisión de la vigilancia sanitaria de vehículos de transporte y comerciantes de alimentos agropecuarios primarios y piensos, y monitorear el diagnóstico de plagas y enfermedades.
  32. Emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia.
  33. Emitir resoluciones el ámbito de su competencia.
  34. Proponer directivas y normas de aplicación en el ámbito institucional en temas de su competencia.
  35. Formular el Plan Operativo Institucional de su unidad de organización, y evaluar y comunicar a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en forma detallada y periódica, el cumplimiento de metas y logro de resultados.
  36. Participar y gestionar la elaboración y/o actualización del Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Provincial de Concepción, acorde a las competencias de su unidad de organización.
  37. Coordinar y gestionar la actualización del Texto Único de Servicios no Exclusivos (TUSNE), cuando corresponda, de los servicios prestados que tiene a su cargo.
  38. Participar, en los asuntos de su competencia, en el proceso de actualización y/o elaboración del Texto Único de
    Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Concepción.
  39. Participar y ejecutar las acciones que le correspondan en el proceso de implementación del Sistema de Control Interno de la Municipalidad Provincial de Concepción.
  40. Participar y ejecutar las acciones que le correspondan en la elaboración del informe de rendición de cuenta de titulares de la Municipalidad Provincial de Concepción.
  41. Las demás que le asigne la Gerencia Municipal en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

 

La Gerencia de Desarrollo Económico, Turismo y Transporte para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes unidades orgánicas:

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