SERENAZGO
OFICINA DE SEGURIDAD CIUDADANA CONCEPCIÓN (SERENAZGO) | RESEÑA HISTÓRICA
RESEÑA HISTORICA
LEMA
MISIÓN
FUNCIONES DE LA OFICINA DE SEGURIDAD CIUDADANA
BASE LEGAL
RESEÑA HISTORICA
Serenazgo de Concepción, creado el 28 Diciembre del 2007 mediante Ordenanza Municipalidad N° 042-07CM/MPC. Encargado de planear, organizar y controlar las acciones preventivas, de persuasión contra los hechos que alteren la tranquilidad pública en sus diferentes modalidades, Colaborando con la Municipalidad Provincial de Concepción a prestar servicio que permita establecer en la provincia un ambiente de tranquilidad y prestar servicios de seguridad integral que comprenda la atención de la salud en acciones de prevención y primeros auxilios.
Actualmente el Servicio de Serenazgo de la Provincia de Concepción cuenta con un equipo de Agentes Serenos altamente capacitados en Rescate, Primeros Auxilios, Violencia Familiar, Formas y Tipos de intervención; asimismo cuenta con unidades móviles modernas y completamente equipadas con implementos de primera respuesta para una atención de calidad, las 24 horas del día.
Actualmente con una inversión de más de 2 millones de soles, se viene construyendo una moderna base central para Serenazgo, con equipamiento de primera y con una central de monitoreo de cámaras de vigilancia en toda la ciudad.
De la misma forma tres PAR (puestos de auxilio rápido), construidos estratégicamente en diferentes puntos de la ciudad, que contaran con unidades móviles y agentes serenos para brindar una atención inmediata a la ciudadanía.
LEMA
“APOYO, RÁPIDO Y EFICAZ”
064-581958 – #988803843
Ser parte del sistema que funcione eficiente y eficazmente garantizando altos niveles de seguridad ciudadana que permita consolidar los esfuerzos realizados hasta convertir a la Provincia de Concepción en un lugar que garantice a sus habitantes a vivir en una situación de tranquilidad, confianza y paz social que permita una mejor calidad de vida y a quienes la visiten que la realización de sus actividades comerciales, laborales, turísticas, educativas, deportivas, etc. sean normales. Asimismo, que nuestra Provincia se constituya como un modelo de organización, donde todos los Planes y estrategias de Seguridad Ciudadana emitidos se cumplan.
MISIÓN
La oficina de Seguridad Ciudadana, pondrá en práctica el Plan Distrital, desarrollando las estrategias multisectoriales; cuya ejecución asegure la reducción de la violencia e inseguridad; estableciéndose metas trimestrales, semestrales y anuales, susceptibles de ser monitoreadas y evaluadas, cuyos resultados aseguren conocer la eficiencia y eficacia de su puesta en ejecución.
FUNCIONES DE LA OFICINA DE SEGURIDAD CIUDADANA
Objetivo Generales
Fortalecer la seguridad ciudadana y confianza en la comunidad de la Provincia de concepción
Objetivos específicos
Conocer la actual situación de inseguridad en el distrito
Determinar las estrategias y planes específicos que permitan mejorar la seguridad ciudadana
Objetivos estratégicos
Establecer el trabajo articulado de las Juntas Vecinales a nivel Distrital, para enfrentar la inseguridad ciudadana.
Promover la participación activa del sector público, privado y sociedad civil, para enfrentar la inseguridad ciudadana.
Desarrollar programas preventivos integrales dirigidos prioritariamente a grupos vulnerables, liderados por los Comités de Seguridad Ciudadana con participación activa de la población.
Afianzar el patrullaje integrado entre el personal de la Policía y el servicio de Serenazgo y Juntas Vecinales
Reducir los índices de inseguridad y violencia en la población de nuestro Distrito.
BASE LEGAL
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ DE 1993.
El principal marco normativo en materia de seguridad ciudadana lo constituye la Carta Magna, que establece en su Art. 44º que: “Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación”.
Asimismo, en el Art. 166º se señala que: “La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras”.
Asimismo, en el Art. 166º se señala que: “La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno.
Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras”.
En el Art. 195°, literal 5, se establece que: “Los Gobiernos Locales tienen competencia para Organizar, reglamentar y administrar los servicios locales de su responsabilidad”.
El Art. 197° señala que: “Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local. Asimismo brindan servicios de Seguridad Ciudadana con La cooperación de la Policía Nacional del Perú, conforme a Ley”.
También el Art. 200º, literal 6, señala: “La acción de cumplimiento, procede contra cualquier autoridad o funcionario renuente a acatar una norma legal o acto administrativo, sin perjuicio de las responsabilidades de Ley”.
LEYES QUE RESPALDAN A LA OFICINA DE SEGURIDAD CIUDADANA (SERENAZGO)
Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; le permite en su Art. 85º, párrafo 3, Funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, subpárrafo 3.1 lo siguiente: Organizar un servicio de Serenazgo vigilancia municipal cuando lo crea conveniente, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial respectiva.
Ley 27238, Ley Orgánica de la Policía Nacional, en donde se establece que: La Policía Nacional, garantiza la Seguridad Ciudadana, capacita a la comunidad en esta materia.
Ley 27933; Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y su Reglamento.
Ley N° 30120, Ley de apoyo a la Seguridad Ciudadana con cámaras de video vigilancia públicas y privadas.
Ley N° 30026, Ley que autoriza la Contratación de pensionistas de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas para apoyar en áreas de Seguridad Ciudadana y Seguridad Nacional.
DECRETOS Y RESOLUCIONES SUPREMAS
D. S. 0120-2002-IN; del 17 Mar 2003; que designa a los miembros del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana.
Código Penal, promulgado por Decreto Legislativo Nº 635.
Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2003-IN.
Directiva N° 01-2005-IN/0101.01, Normas, procedimientos y acciones complementarias para la conformación y funcionamiento de los Comités Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana y las responsabilidades de sus miembros.
Directiva Nº 08-2008-IN/0101.01, sobre “Procedimientos para la formulación,
aprobación y evaluación de los planes locales de seguridad ciudadana y las responsabilidades de los miembros que conforman los Comités de Seguridad Ciudadana”, modificada por la Directiva Nº 001- 2011-IN/010101 que establece los nuevos plazos para la formulación de los planes.
Directiva N° 01-2009-DIRGEN-PNP/EMG, Lineamientos para la efectividad en la ejecución del patrullaje local integrado, entre la Policía Nacional del Perú y los Gobiernos Locales.
RD N° 2142-2004-DIRGEN/EMG, que aprueba el Manual de Organización y Funcionamiento de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana organizadas por la PNP.
Decreto Supremo N° 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana.
Normas de índole presupuestal vigentes para el año Fiscal que se formula el Plan de Seguridad Ciudadana.
INTERVENCIONES
ENERO
FEBRERO
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
JULIO
AGOSTO
SET.
OCT.
NOV.
DIC.
ENERO
FEBRERO
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
JULIO
Se recibieron en el mes de junio 112 llamadas telefónicas, lo cual se hizo patrullaje por cada llamada.
Se hizo 744 horas de patrullajes durante el mes de junio.
AGOSTO
Se recibieron en el mes de agosto 90 llamadas telefónicas, lo cual se hizo patrullaje por cada llamada.
Se hizo 744 horas de patrullajes durante el mes de agosto.
SET.
OCT.
NOV.
DIC.