Gerencia Ecología y Medio Ambiente
Funciones
Es responsable de gestionar el cumplimiento de las actividades concernientes a promover el manejo, cuidado, protección y conservación del medio ambiente y de sus recursos naturales y la salud ambiental en el ámbito de su jurisdicción.
- Planificar, organizar, coordinar y dirigir el sistema de gestión ambiental municipal en concordancia a las normativas ambientales vigentes.
- Proponer, ejecutar y evaluar políticas ambientales para el desarrollo sostenible local y prevenir la contaminación ambiental.
- Implementar y fortalecer la organización de la Comisión Ambiental Municipal Provincial y promover la creación de las Comisiones Ambientales Municipales Distritales en la provincia de Concepción.
MARCO LEGAL
CONTEXTO NACIONAL
- CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
- LEY Nº 27783: LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACIÓN
- LEY Nº 27972: LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES
- LEY Nº 28245: LEY MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL
- DECRETO SUPREMO Nº 008-2005-PCM
- LEY Nº 28611: LEY GENERAL DEL AMBIENTE
- DECRETO SUPREMO Nº 012-2009-MINAM: Política Nacional del Ambiente
- DECRETO SUPREMO Nº 014-2011-MINAM: Plan Nacional de Acción Ambiental 2011-2021
- DECRETO SUPREMO N° 011-2012-ED: Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación
- DECRETO SUPREMO N° 017-2012-ED: Política Nacional de Educación Ambiental
- DECRETO SUPREMO N° 016-2016-MINEDU: Plan Nacional de Educación Ambiental 2017-2022.
CONTEXTO REGIONAL
- ORDENANZA REGIONAL Nº 006-GRJ-CR
CONTEXTO LOCAL
- Ordenanza Municipal N° 005-2014-CM/MPC
- Ordenanza Municipal N° 025-2009-CM/MPC
- Ordenanza Municipal N° 011-2012-CM/MPC
- Ordenanza Municipal N° 010-2010-CM/MPC
- Ordenanza Municipal N°13-2015 CM/MPC
ACTIVIDADES:
DNI de mascotas:
Según la Resolución De Alcaldía N° 062-2024-A/MPC, Decreto supremo N° 088-2001-PCM, Decreto de Alcaldía N° 011-2021-A/MPC, Informe técnico N°016-2024-GPP/MPC, concluye en que el proyecto del Texto único de Procedimientos no exclusivos TUSNE 2024 de la Municipalidad Provincial de Concepción, se consolida todos los servicios que no son prestados en exclusividad por la Municipalidad Provincial de Concepción, para la determinación del costo del servicio se ha utilizado la metodología del costeo estándar que ha permitido formular una estructura de costos por minuto, cantidad de uso de cada bien, insumo y recurso que intervienen en el procedimiento administrativo de los servicios contemplados o descritos en el TUSNE-2024(….). Los Órganos y Unidades Orgánicas competentes de la Municipalidad Provincial de Concepción, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
DNI PARA MASCOTAS | ||||
N° | CODIGO | DENOMINACION | COSTO | REQUISITOS |
24 | OC024 | DIM (Documento de identidad de mascota) | S/. 10.00 | 1. Solicitud 2. Recibo de pago 3. Dos (02) Fotografías tamaño carnet de la mascota 4. Copia del DNI del propietario. |
Sub-Gerencia de Ornato y Limpieza Publica
HISTORIA
Es un área de la Municipalidad Provincial de Concepción que está orientada para el tratamiento de residuos sólidos y parte de ello en la producción de compost, el 04 de abril del año 2000 viene trabajando CEPASC (Centro Ecoturístico y de Protección Ambiental Santa Cruz) dando un reconocimiento a Sr. Richard Muller Vozeler e Ing. Bernardo Vargas Tito, CEPASC tiene 24 años aproximado dando inicio con la recolección y tratamiento de residuos sólidos de la Provincia de Concepción.
Su ubicación es en el Anexo de Alayo, cuenca Inquish – Alto Perú, carretera a Ingenio Km. 5, geográficamente se sitúa entre Latitud Sur 11°55´6.52´´ y Longitud Oeste 75°18´46.4´´ a una altitud de 3 400 msnm. Actualmente CEPASC que se extiende a lo largo de 16 hectáreas en la Provincia de Concepción, logra procesar diariamente entre 10 a 14 toneladas de residuos sólidos. Organización comprometida con la ecología sostenible, que se interacciona con los diferentes sectores del sistema de reciclaje del centro de reciclaje de residuos sólidos CEPASC.
El CEPASC tiene como objetivo principal ser autosostenible, lo cual permitirá mantener personales con un salario oneroso, con buena calidad de vida, con buena salud y que sea ejemplo de los centros pilotos a nivel nacional.
En la actualidad los terrenos adyacentes a la planta de reciclaje de basura son terrenos erizados que escasamente en ciertas zonas de ven progresar ciertas plantas como el kikuyo, por tener la capa arable superficial (10 a 15 cm). CEPASC es un centro de producción de materia orgánica que en la actualidad se estima de unos 200 m3. El Centro Ecoturístico de Protección Ambiental Santa Cruz – CEPASC, realiza diversos tipos de actividades de acuerdo al área de manejo:
- Planta de tratamiento biológico.
- Almacén de Compost.
- Relleno Sanitario.
- Vivero forestal.
- Áreas Verdes y jardines.
VISIÓN DEL «CENTRO ECOTURÍSTICO DE PROTECCIÓN AMBIENTAL SANTA»
Ser líderes en la conservación del medio ambiente a través de la innovación científica y técnica, promoviendo un desarrollo sostenible y responsable. Nuestro compromiso es ser un referente en el tratamiento biológico de residuos sólidos urbanos, generando conciencia ambiental y contribuyendo a la protección de nuestro entorno. Buscamos inspirar a individuos y comunidades a través de nuestras actividades, como la gestión de residuos, producción de compost, conservación de áreas verdes y viveros forestales, fomentando un futuro más verde y sostenible para todos.
MISIÓN DEL CENTRO ECOTURÍSTICO DE PROTECCIÓN AMBIENTAL SANTA CRUZ
Preservar el medio ambiente a través de prácticas científicas y responsables en el tratamiento de residuos sólidos urbanos. Nuestro compromiso es promover la sostenibilidad ambiental mediante la gestión eficiente de los desechos, la producción de compost de alta calidad y la creación de espacios verdes que contribuyan a la mejora de la calidad de vida de la comunidad. ¡Trabajamos juntos por un futuro más limpio y saludable para todos!
VIABILIDAD DEL CEPASC
Viabilidad Social:
El CEPASC tiene como principal tarea sensibilizar a través de su planta de tratamiento de residuos sólidos y el sistema integrado de producción ecológica, a la población interesada; tanto en la parte de producción como informar el principal objetivo de CEPASC volver eficiente el proceso de recolección de basura, mostrando los beneficios que se logra a partir de un buen manejo de residuos sólidos.
Viabilidad Económica:
El presente perfil del CEPSC es económicamente rentable al contar con un índice de rentabilidad, donde la R: B/C es de 1.19, el TIR anual de 15.69, lo que permitirá que la inversión en materia de insumos, mano de obra será recuperado permitiendo el reembolso del mismo.
Llevado al análisis de sensibilidad el proyecto es capaz de resistir una baja de productividad de hasta 15% en rendimiento, asimismo puede ser susceptible a una baja de precios del producto hasta en 25%, del estimado para el mes de cosecha.
Así mismo, se llevó a evaluaciones en caso de que el costo de producción tuviera variaciones en los precios de los insumos, lo cual conlleva una subida de precio de los insumos, pudiendo soportar un incremento del costo de producción hasta un 10%.
Viabilidad Técnica:
El uso oportuno de los insumos, la asistencia técnica y capacitación permanente y una adecuada supervisión calificada permitirá asegurar el éxito del proyecto.
Esta viabilidad se concreta por la disposición de los suelos y la aptitud de ella, además de contar con el recurso hídrico que permitirá un desarrollo adecuado del cultivo y la producción esperada. El productor usara los insumos químicos en forma controlada, los mismos que serán supervisados en su debida oportunidad por el operador.
Viabilidad Institucional:
Activamente se encuentran involucrados: la técnica responsable de CEPASC, el responsable de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, la Municipalidad Provincial de Concepción, los obreros de la planta y la población en general.
Viabilidad Ambiental:
Desde el momento que el planteamiento del presente proyecto y desde los principios del CEPASC que es orientar a una producción ecológica, se ha considerado los puntos que permiten cuidar y usar racionalmente los recursos naturales, lo cual es compromiso de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental el hacer cumplir lo estipulado.
Venta de abono Orgánico:
Según la Resolución De Alcaldía N° 062-2024-A/MPC, Decreto supremo N° 088-2001-PCM, Decreto de Alcaldía N° 011-2021-A/MPC, Informe técnico N°016-2024-GPP/MPC, concluye en que el proyecto del Texto único de Procedimientos no exclusivos TUSNE 2024 de la Municipalidad Provincial de Concepción, se consolida todos los servicios que no son prestados en exclusividad por la Municipalidad Provincial de Concepción, para la determinación del costo del servicio se ha utilizado la metodología del costeo estándar que ha permitido formular una estructura de costos por minuto, cantidad de uso de cada bien, insumo y recurso que intervienen en el procedimiento administrativo de los servicios contemplados o descritos en el TUSNE-2024(….). Los Órganos y Unidades Orgánicas competentes de la Municipalidad Provincial de Concepción, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Venta de abono Orgánico | ||||
N° | CODIGO | DENOMINACION | COSTO | REQUISITOS |
9 | OC009 | Compost en planta (kilo) | S/. 0.9 | Pago por KG |
10 | OC010 | Compost en almacén (kilo) | S/. 0.9 | Pago por KG |
Sub-Gerencia de Gestión Ambiental
Programa Municipal EDUCCA
El Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA), es el instrumento de planificación y gestión de las municipalidades para la implementación de la Política Nacional del Ambiente al 2030 y la Ley Orgánica de Municipalidades.
Es multitemático y unificador de las acciones de educación ambiental a nivel local. Los lineamientos del programa se actualizaron mediante Resolución Ministerial N° 003-2023-MINAM, publicada el 7 de enero del 2023. https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4028289/RM.%20003-2023-MINAM.pdf.pdf?v=1673136519
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el “Instructivo para elaborar e implementar el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA)”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial N° 456-2018-MINAM, que aprueba el “Instructivo para elaborar e implementar el Programa Municipal EDUCCA”.
Artículo 3.- La Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental, a través de la Dirección de Educación y Ciudadanía Ambiental, es la responsable de dirigir y conducir la implementación del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA).
Artículo 4.- Los Gobiernos Locales con Programas Municipales EDUCCA aprobados con anterioridad a la vigencia de la presente Resolución Ministerial, tienen un plazo máximo de 2 años, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, para actualizar dichos programas conforme al instructivo aprobado en el artículo 1, para lo cual cuentan con el acompañamiento de la Dirección de Educación y Ciudadanía Ambiental de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental.
Artículo 5.- Los gobiernos locales pueden prorrogar sus Programas Municipales EDUCCA hasta la aprobación de la actualización respectiva de acuerdo con lo señalado en el artículo precedente.
Artículo 6.- Los gobiernos locales deben cumplir con la implementación de las obligaciones que se derivan de sus Programas Municipales EDUCCA.
Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario Oficial El Peruano.
PLAN DE TRABAJO DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACION, CULTURA Y CIUDADANIA AMBIENTAL EDUCCA 2022
PLAN ANUAL DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL (PLANEFA)
El Plan Anual de Fiscalización Ambiental (PLANEFA) es el instrumento a través del cual cada Entidad de Fiscalización Ambiental (EFA) planifica las acciones de fiscalización ambiental (evaluación y supervisión ambiental, así como el ejercicio de la potestad sancionadora) de su competencia a ser efectuadas en el año calendario siguiente. El PLANEFA es elaborado, aprobado y reportado en su cumplimiento por la EFA, de acuerdo a las directivas que el OEFA establezca para tal efecto.
Las EFA deberán aprobar el PLANEFA, como máximo, hasta el día quince (15) del mes del año anterior a su ejecución y debe ser registrado en los diez (10) días hábiles posteriores a su aprobación en el aplicativo informático disponible en el Portal Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe/planefa ), conforme a lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD que aprueba los Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del PLANEFA.
PLANEFA Simplificado
Las municipalidades distritales de tipo E, F y G, según la clasificación establecida por el Ministerio de Economía y Finanzas – MEF, deberán aprobar su Planefa correspondiente al año 2022 y en adelante, utilizando el Formato del Planefa Simplificado, aprobado mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 00003-2021-OEFA/CD publicada el 2 de marzo de 2021.
A partir del 24 de mayo de 2021 el aplicativo Planefa (www.oefa.gob.pe/planefa) se encuentra habilitado para el registro del Formato del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental Simplificado – Planefa Simplificado.
PLAN ANUAL DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL 2022
PLAN ANUAL DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL 2023
Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA)
Un Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) identifica impactos ambientales de un proyecto o actividades que están actualmente en operación, a diferencia de los Estudios y Evaluaciones de Impacto Ambiental que deben realizarse antes del inicio de un nuevo proyecto.
A través de este trámite, otorgaremos la Certificación Ambiental a tu actividad en curso, de competencia del sector agrario y comprendida en el SEIA, si la actividad está generando impacto ambiental significativo. Este instrumento complementario al SEIA permitirá adecuarte a los estándares ambientales.
Para la elaboración del estudio deberás tener en cuenta la Guía para la elaboración del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental del Sector Agrario.
Opinión Consultiva N° 04-2024-JUS/DGTAIPD – La naturaleza pública de los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA), los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) y los Planes de Contingencia. https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6085208/5385227-la-naturaleza-publica-de-los-programas-de-adecuacion-y-manejo-ambiental-pama-los-estudios-de-impacto-ambiental-eia-y-los-planes-de-contingencia.pdf?v=1710955495
El acceso a la información ambiental garantiza la participación ciudadana en la toma de decisiones públicas sobre el medio ambiente, la prevención de daños ambientales, así como el derecho a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el desarrollo vital. Es reconocido en instrumentos internacionales como la “Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo” y normas nacionales como la Ley Nº 28245 y el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM.
Por aplicación del principio de publicidad y debido a la ausencia de norma legal que los excluya del conocimiento público, el PAMA y los EIA de quienes llevan a cabo proyectos de hidrocarburos son de carácter público, máxime si existe un interés público en conocerlos a efecto de garantizar la vigilancia ciudadana sobre las intervenciones en el ambiente, sus impactos, las medidas adoptadas y la vigencia efectiva del derecho a un medio ambiente saludable. Tratándose de los EIA, el Reglamento de la Ley N° 27446 señala expresamente su carácter público.